Un juzgado ordenó a un hombre pagar L6,000 mensuales por un menor sin vínculo biológico ni legal; su defensa apelará la decisión.
Un Juzgado de Violencia Doméstica ordenó a un hombre pagar una pensión mensual de 6,000 lempiras por un menor que no es su hijo biológico ni legal.
La defensa anunció que apelará la resolución ante la Corte de Apelaciones. El abogado Óscar Mejía calificó el fallo como una decisión que excede el marco jurídico.
El vínculo con el menor
Según Mejía, su cliente solo tuvo una relación de noviazgo con la mujer que presentó la denuncia.
El niño aparece inscrito con el apellido de su padre biológico en la certificación de nacimiento. Además, durante el proceso se habría confirmado que no existía filiación entre el menor y el hombre condenado.
Pese a ese elemento, el juez mantuvo la cuota alimenticia. El abogado explicó que la decisión buscó proteger la estabilidad económica del niño.
“El menor no tenía la culpa y debía seguir ayudándolo con 6,000 lempiras mensuales”, relató Mejía sobre lo expresado por el juez durante la audiencia.
La defensa cuestiona una doble pensión
La representación legal sostiene que la madre recibía ayuda económica voluntaria durante la relación. Según esa versión, la denuncia surgió por temor a perder ese apoyo.
Mejía también afirmó que la madre recibe una pensión del padre biológico. Por ello, considera que la resolución permitiría obtener dos ingresos por el mismo menor.
El ciudadano reaccionó con sorpresa al conocer la condena. De acuerdo con su abogado, pidió presentar los recursos necesarios para revisar el caso.
Apelación en los tribunales
La defensa confirmó que interpondrá un recurso de apelación. La solicitud busca que una Corte de Apelaciones revise la decisión del juzgado.
El caso plantea una disputa entre la protección económica del menor y la ausencia de un vínculo legal o biológico con el condenado. La resolución todavía puede ser revisada por los tribunales.
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