Renunciar a un empleo en Honduras no significa perder todos los derechos laborales. El finiquito debe incluir los beneficios adquiridos y proporcionales hasta el último día trabajado, aunque la indemnización por despido injustificado no aplica de la misma manera.
Qué debe incluir el finiquito
La fuente identifica cuatro conceptos que deben pagarse al finalizar voluntariamente la relación laboral:
- Décimo tercer mes: el monto proporcional al tiempo trabajado durante el año en que termina la relación laboral.
- Décimo cuarto mes: el valor calculado de acuerdo con el tiempo acumulado dentro del período legal correspondiente.
- Vacaciones no gozadas: compensación por los días acumulados que no fueron disfrutados.
- Salarios pendientes: pago de las jornadas trabajadas que aún no hayan sido canceladas.
Preaviso al presentar la renuncia
El artículo 116, citado en la fuente, establece que la renuncia debe notificarse con anticipación. El plazo puede ir de 24 horas a dos meses, según el tiempo de servicio continuo.
Cuando el trabajador no entrega el preaviso o no cumple con el plazo legal, el artículo 118 establece que debe pagar al patrono una suma equivalente a la mitad del salario correspondiente a ese período.
Qué ocurre con el auxilio de cesantía
La renuncia voluntaria modifica las reglas aplicables a la cesantía. El artículo 120, inciso g, reconoce un beneficio especial para quienes dimiten después de acumular 15 años o más de servicio continuo en la misma empresa: pueden recibir el 35 % del importe de cesantía que les correspondería por sus años laborados.
La fuente también señala que el artículo 120-A exime de esta obligación a las microempresas con hasta 10 trabajadores.
Fondo de Reserva Laboral
Además del porcentaje relacionado con la antigüedad, existe el Fondo de Reserva Laboral administrado por el RAP o una AFP. El patrono aporta mensualmente el 4 % del salario ordinario del empleado.
De acuerdo con la información publicada, ese fondo de capitalización individual puede utilizarse sin importar la causa de la separación y equivale aproximadamente al 50 % del auxilio de cesantía por cada año trabajado.
Constancia laboral
El artículo 125 obliga al patrono a entregar gratuitamente una constancia laboral que incluya:
- Fecha de inicio de la relación laboral.
- Fecha de finalización.
- Puesto desempeñado.
- Último salario devengado.
La diferencia entre 35 % y 50 %
Los porcentajes corresponden a conceptos distintos. El 35 % se relaciona con el beneficio por antigüedad para trabajadores que renuncian después de 15 años o más en la misma empresa. El porcentaje cercano al 50 % corresponde al fondo acumulado mediante aportaciones patronales del 4 % al Fondo de Reserva Laboral.
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